- ¿Es posible Obtener una Tarjeta Verde después de la Violación de Estatus: Beneficio 245 (k)?
- Sección 245(k) de la INA
- 245(k) Perdona Violaciones Breves de Estatus Al Presentar I-485
- 245 (k) se limita a Ciertos Solicitantes de Ajuste de Estatus basados en el Empleo
- Sin Limitaciones de Fecha o Formularios Adicionales
- Infracciones de conteo Ocurridas desde la Última Admisión Legal
- Empleo no autorizado: Contado Antes y Después de la Presentación de I-485
- Contabilización de Empleos No Autorizados: No es tan simple como parece
- Detalles sobre Ser Considerado Fuera de Estatus para Beneficios 245 (k)
- No es un Período de Gracia ni una Autorización de Empleo
¿Es posible Obtener una Tarjeta Verde después de la Violación de Estatus: Beneficio 245 (k)?
Sección 245(k) de la INA
La Sección 245(k) de la INA se refiere a la etapa final en la mayoría de los casos de tarjetas de residencia basadas en el empleo: el ajuste de estatus a residencia permanente (Formulario I-485). El historial de inmigración y el estado actual del solicitante son importantes en esta etapa.
Como regla general, a un extranjero se le prohíbe el ajuste de estatus (AOS) por ciertas violaciones relacionadas con la inmigración. Los ciudadanos extranjeros que no están en estatus migratorio legal en la fecha de presentación de la I-485, o que no han mantenido su estatus migratorio legal desde su entrada a los Estados Unidos, generalmente no son elegibles para presentar la I-485 y obtener la aprobación. Lo mismo es cierto para aquellos que violan los términos y condiciones de su admisión en los Estados Unidos. Las personas que se dedican a un empleo no autorizado tampoco son elegibles para presentar u obtener la aprobación de la I-485. Sin embargo, el artículo 245 k) establece una excepción útil a estas normas generales para quienes hayan violado sus respectivos estatutos durante un período limitado.
245(k) Perdona Violaciones Breves de Estatus Al Presentar I-485
La excepción en la Sección 245 (k) de la INA permite a las personas obtener la aprobación del ajuste de estatus a residencia permanente en la mayoría de las categorías de tarjetas verdes basadas en el empleo, incluso si el solicitante ha estado fuera de estatus, ha trabajado sin autorización o ha violado los términos y condiciones de la admisión SI el período agregado de tales violaciones no excede los 180 días. Sin embargo, esta disposición no cura todas las violaciones de inmigración, como la entrada sin inspección o cualquiera de los diversos motivos de inadmisibilidad que de otro modo impedirían el ajuste de estatus. Sin embargo, la Sección 245(k) de la INA puede ser una disposición extremadamente útil, ya que muchos solicitantes tienen períodos breves de violaciones involuntarias debido a malentendidos de la ley y otros errores cometidos en el camino en los años que generalmente preceden a la etapa de presentación de la I-485.
245 (k) se limita a Ciertos Solicitantes de Ajuste de Estatus basados en el Empleo
La Sección 245(k) de la INA se aplica solo a ciertas categorías de tarjetas verdes basadas en el empleo (EB). Se aplica a todos los casos EB-1, EB-2 y EB-3, así como a ciertos casos EB-4. El beneficiario principal y todos los familiares derivados (dependientes) pueden aprovechar esta disposición. Si bien no está disponible en casos basados en la familia, está disponible para el cónyuge y los hijos menores de edad cuando buscan inmigrar como dependientes en un caso de EB.
Sin Limitaciones de Fecha o Formularios Adicionales
La elegibilidad para usar la Sección 245(k) de la INA no requiere la presentación de una petición de inmigrante o certificación laboral en, antes o después de cualquier fecha en particular. No se requiere un formulario adicional para usar estas disposiciones; tampoco hay una tarifa de presentación adicional. A menudo ni siquiera es necesario especificar que se está utilizando esta disposición, aunque a veces se debe argumentar la elegibilidad si los Estados Unidos plantean preguntas sobre la elegibilidad para el ajuste de estatus. Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) en una solicitud de evidencia (RFE).
Infracciones de conteo Ocurridas desde la Última Admisión Legal
El USCIS publicó un memorando de julio de 2008 que interpretaba las disposiciones de la Sección 245(k). Este memorando aborda cómo se cuentan y agregan las violaciones. El USCIS establece que solo las violaciones que ocurran después de la admisión legal más reciente en los Estados Unidos se computan para el período de 180 días a los efectos del artículo 245(k).
La reentrada basada en una libertad condicional anticipada no restablece el reloj para el propósito de 245(k). Tales entradas no se consideran admisiones, ya que ese término se usa en la ley de inmigración. Es importante tener en cuenta, sin embargo, en lugar de permitir hasta 180 días para cada tipo de violación, el USCIS interpreta el período de 180 días para referirse al total de los tres tipos de violaciones combinadas.
Empleo no autorizado: Contado Antes y Después de la Presentación de I-485
La presentación de una solicitud de ajuste de estatus no autoriza, de por sí, el empleo. Por lo tanto, si un extranjero continúa con un empleo no autorizado, incluso después de presentar una solicitud de AOS, continúa acumulando días de empleo no autorizado. Estos días se contarán contra el período de» perdón » otorgado por 245 (k). Por ejemplo, una persona que haya trabajado sin autorización durante 160 días antes de presentar el formulario I-485 no será elegible para AOS si continúa trabajando sin autorización durante los próximos 20 días.
Contabilización de Empleos No Autorizados: No es tan simple como parece
Al determinar si un extranjero ha excedido el tiempo máximo permitido (hasta 180 días) para un empleo no autorizado u otro lapso en su condición con arreglo al artículo 245 k), no se puede contar simplemente el número de días que la persona trabajó realmente sin autorización. En su lugar, el USCIS examinará la existencia de una relación empleador-empleado. Si existe tal relación, el USCIS contará todos y cada uno de los días desde que comenzó el empleo no autorizado hasta que terminó. Esto incluye los días a tiempo parcial y los fines de semana y días festivos no laborables. Si un empleado trabaja cuatro horas al día, cinco días a la semana durante el mes de abril, los 30 días del mes, incluso los fines de semana y los días festivos, contarán para el límite de 180 días según la interpretación actual del USCIS. Corresponde al solicitante demostrar la existencia de interrupciones en el empleo no autorizado.
Detalles sobre Ser Considerado Fuera de Estatus para Beneficios 245 (k)
En general, la expiración, revocación o una violación de estatus pone a un extranjero fuera de estatus hasta que alguna adjudicación favorable restablezca el estatus o la persona se vaya de los Estados Unidos. Sin embargo, a diferencia del empleo no autorizado, al determinar la elegibilidad bajo INA 245(k), el cálculo del número de días por no mantener el estatus o violar los términos y condiciones de admisión se realiza a partir de la fecha en que el USCIS recibe una solicitud de ajuste de estatus debidamente presentada. Si la violación de estatus o el incumplimiento de los términos y condiciones de admisión (que no sea empleo no autorizado) son menores de 180 días al momento de presentar el I-485, por lo tanto, INA 245(k) permitirá que el caso sea aprobado si se cumplen todos los demás requisitos.
No es un Período de Gracia ni una Autorización de Empleo
INA 245 (k) es una disposición que permite la aprobación del ajuste de estatus a las solicitudes de residencia permanente, a pesar de ciertas violaciones. No significa que se permita trabajar sin autorización, ni siquiera brevemente. No proporciona un medio para eludir las leyes de inmigración. Tampoco significa que el estatus y otras violaciones serán ignoradas para fines distintos al Formulario I-485. Cualquier otra sanción en la ley, incluida la posible expulsión (deportación) por no mantener o cumplir con los requisitos de estatus, permanece vigente y no está relacionada con INA 245(k). Por lo tanto, es importante hacer todo lo posible para evitar cualquier violación. INA 245 (k)es simplemente una forma para que algunas de las personas con violaciones de inmigración inadvertidas ajusten su estatus.