Artículo 128, Código Uniforme de Justicia Militar-Agresión

Agresión & Agresión

La agresión y la agresión están estrechamente relacionadas, pero no son exactamente lo mismo. La distinción es generalmente si el contacto ocurre. Uno puede cometer un asalto sin cometer una agresión; sin embargo, uno no puede cometer una agresión sin cometer también un asalto.

Artículo 128 del UCMJ ofertas con el asalto y la batería. Para los propósitos de esta publicación, solo se cubrirán los casos de Asalto y Asalto Agravado. El UCMJ proporciona los siguientes elementos de los delitos de Asalto y Agresión con Agravantes:

Asalto

  • Un intento de hacer daño físico a otra persona;
  • Una oferta para hacer daño físico a otra persona; o
  • haciendo daño corporal a otra persona.

Agresión con agravantes

  • Una oferta de causar daño corporal con un arma peligrosa con la intención de causar daño corporal; o
  • Infligir daño corporal sustancial o daño corporal grave a otra persona mientras comete una agresión.

El UCMJ amplía estos elementos para adaptarse a múltiples tipos de delitos. Estos incluyen asalto simple; asalto consumado por agresión; asalto a un oficial comisionado, una orden judicial, un suboficial o un suboficial; asalto a un centinela o vigía en el cumplimiento de su deber o a una persona que ejecuta tareas de aplicación de la ley.

Agresión explicada

La agresión no requiere que una persona sufra daños físicos, a pesar de que hay muchos casos en los que se comete una agresión que causa daño físico. Los tribunales militares (y la mayoría de los tribunales penales civiles) tienen un gran interés en prevenir la conducta ilícita perjudicial entre las personas. De hecho, los ciudadanos estadounidenses tienen un derecho constitucional a la libertad personal, que incluye la libertad de conducta dañina ilegal por parte de otros. Debido a que el interés es tan alto, el UCMJ castiga la conducta a lo largo de todo el espectro de asalto. Dado que la raíz de una agresión es una amenaza de violencia, el artículo 128 prohíbe incluso las amenazas de lesiones corporales.

Normalmente, el castigo por agresión aumenta con el nivel de peligro de la conducta. Esta es la razón por la que la agresión con agravantes se establece por separado en el artículo 128. El asalto agravado es solo eso; incluye especialmente conductas que involucran armas peligrosas o lesiones corporales sustanciales. En el artículo 128 se define un arma peligrosa como aquella que se utiliza para causar la muerte o lesiones corporales graves.

Defensas

Las defensas de un caso de asalto dependen de las circunstancias individuales. Como en todos los casos, los elementos del delito deben haber sido cometidos por la persona. Sin embargo, dado que hay varios tipos de delito de asalto, las defensas contra los elementos cambiarán dependiendo del tipo de asalto alegado.

Por ejemplo, considere los elementos de intención de la agresión agravada. El asalto agravado puede venir en dos tipos: asalto con un arma peligrosa o asalto que inflige lesiones corporales sustanciales o graves. Para ser culpable del primero, el acusado debe haber tenido la intención específica de causar daños corporales mientras utilizaba un arma peligrosa. Pero para ser culpable de este último, el acusado solo debe haber tenido generalmente la intención de agredir a otra persona; no requiere una intención específica de causar daños corporales sustanciales.

Pena máxima

Dado que el artículo 128 abarca una variedad tan amplia de conductas, la pena máxima que una persona puede recibir depende de la especificación de la agresión. Las penas máximas para algunos de los delitos más frecuentes son las siguientes:

  • Agresión simple: Reclusión durante 3 meses y 2/3 de pérdida de sueldo durante tres meses
  • Agresión consumada por agresión: Baja por mala conducta; confiscación de todos los sueldos y prestaciones; reclusión durante 3 años.
  • Agresión a un oficial comisionado: Baja deshonrosa (DD); pérdida de toda la paga y prestaciones; reclusión durante 3 años.
  • Agresión consumada por agresión a un niño menor de 16 años, un cónyuge, una pareja íntima o un familiar inmediato: DD; pérdida de toda la paga y prestaciones; confinamiento durante 2 años.
  • Agg. asalto con un arma peligrosa: DD; pérdida de todos los pagos/subsidios – pérdida total; confinamiento de 3 a 8 años.
  • Agresión con lesiones corporales graves: DD; pérdida de todas las remuneraciones y prestaciones; reclusión de 3 a 8 años.
  • Agg. agresión que causa lesiones corporales graves: DD; pérdida de todos los pagos / subsidios; reclusión de 5 a 10 años.
  • Agg. agresión con intención de cometer asesinato, violación o violación de un niño: DD; pérdida de todos los pagos/subsidios; reclusión de 20 años.
  • Agg. agresión con intención de cometer homicidio involuntario voluntario, robo, incendio premeditado, robo con allanamiento de morada y secuestro: DD; pérdida de todos los pagos/subsidios; reclusión de 10 años.
Proteja Su Libertad y Su Futuro Militar

Cuando su vida, carrera y futuro están en juego, necesita un bufete de abogados con experiencia en su esquina. Los abogados expertos y asertivos de Military Justice Attorneys tienen décadas de experiencia combinada en justicia militar y lucharán fervientemente por usted. Hemos defendido a hombres y mujeres militares que enfrentan investigaciones, juicios y disciplina por los delitos más graves bajo el UCMJ, incluido el asalto, y nos aseguraremos de que todas las vías de defensa se persigan agresivamente en su nombre. Llámenos hoy al (844) 334-5459 para una consulta gratuita.

You might also like

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.