Parabrisas agrietado, Conducción segura y la Ley

Introducción

Los daños en el parabrisas siguen siendo un peligro y una realidad experimentados por todos los automovilistas sudafricanos. Aunque el daño en el parabrisas puede ser el resultado de una variedad de causas, la más común son las rocas voladoras y los desechos desechados de cargas de camiones comerciales, así como los desechos proyectados de superficies de carreteras en construcción.

Todos hemos experimentado el pequeño y molesto chip en nuestros parabrisas. ¡Esto podría no molestar mucho a los automovilistas y se puede arreglar fácilmente! Sin embargo, es cuando el chip se convierte en una grieta que atraviesa el parabrisas que debemos considerar si es realmente el momento de reemplazar el parabrisas.

En esta sección, nos gustaría considerar lo que la Ley Nacional de Tráfico Vial estipula sobre la seguridad de los parabrisas y por qué necesitamos mirar más allá de los requisitos legales y también enfocarnos en lo que se requiere para la seguridad en la carretera.

La Ley Nacional de Circulación Vial y la Seguridad del Parabrisas

El vidrio del parabrisas, la ventana y los tabiques

Reg 202. (1) Ninguna persona manejará en la vía pública ningún vehículo de motor que tenga un parabrisas, una ventana o un tabique de material transparente –

(a) a menos que dicho material proporcione al conductor suficiente visibilidad para conducir con seguridad dicho vehículo;

(b) a menos que en el caso de un parabrisas, distinto de un parabrisas instalado en una motocicleta o un triciclo motorizado, dicho material transparente –

(i) sea de vidrio; y

ii) en el caso de un vehículo de motor que, según su certificado de matriculación, haya sido matriculado por primera vez después del año 1958, cumpla las disposiciones de la letra a), incluso en caso de rotura; y

c) a menos que, en el caso de un vehículo de motor que, según su certificado de matriculación, haya sido matriculado por primera vez después del año 1958, dicho material transparente sea vidrio de seguridad y cada una de sus lunas esté marcada de forma permanente con el nombre o la marca comercial de su fabricante o el nombre comercial del vidrio y sea claramente identificable como vidrio de seguridad por una marca permanente que lo indique como tal.

(2) No obstante lo dispuesto en las letras b) y c) de la subregla (1), el material transparente-

(a) con el que-

(i) una ventana en el techo de un vehículo de motor;

(ii) una ventana o tabique de un autobús o minibús; o

iii) una ventana o tabique de un semirremolque, diseñada o adaptada para el transporte de pasajeros, está hecha, puede consistir en material plástico acrílico o policarbonato de impacto ultraalto, en el que cada hoja de la misma está marcada de forma permanente con el nombre o la marca comercial del fabricante de la misma o el nombre comercial del material, y dicho material es claramente identificable como material plástico acrílico o policarbonato de impacto ultraalto mediante una marca permanente que lo describe como tal;

b) con la que se fabrica una ventana o tabique o un capó o capó desmontable o plegable de un vehículo de motor, podrá consistir en un material plástico flexible; y

c) con la que se fabrica una ventana o tabique de un remolque, no diseñado ni adaptado para el transporte de pasajeros, podrá en el caso de que dicho remolque, de acuerdo con su certificado de matriculación-

i) se matriculó por primera vez antes del 1 de enero 1987, constituido por material plástico acrílico, policarbonato o vidrio; o

(ii) se registró por primera vez el 1 de enero de 1987 o después de esa fecha, y consiste en material plástico acrílico o policarbonato.

(3) Ninguna persona manejará en la vía pública ningún vehículo de motor-

(a) a menos que la transmitancia de la luz visible a través de-

(i) el parabrisas sea al menos del 70%; y

(ii) cualquier otra ventana sea al menos del 35%,

cuando se mida de conformidad con el punto 6.3 de la especificación estándar SABS 1191 «Vidrio de seguridad para ventanas»;

b) a menos que cualquier película o material tintador aplicado a cualquier parabrisas, ventana o tabique no presente burbujas, rasgaduras o arañazos; y

c) a partir del 1 de enero de 2000, cualquier material o película, con una superficie texturizada, que muestre una imagen o gráficos, se aplique a la luneta trasera que cubra más de una octava parte de dicha luneta trasera, parabrisas o ventana lateral.

(4) Las disposiciones de la subregulación (3) (a) (ii) no se aplicarán a una ambulancia o un coche fúnebre ni a ventanas que cumplan con SABS ECE R43.

 Vista de conducción sin obstrucciones

Vista de conducción sin obstrucciones

Reg 204. (1) Ninguna persona manejará en una vía pública un vehículo de motor –

(a) que no esté construido y mantenido de tal manera que permita al conductor una visión completa y clara de la carretera que se encuentra delante y a su derecha e izquierda cuando el vehículo está en uso;

b) que no esté equipado con uno o varios retrovisores que permitan al conductor de dicho vehículo, cuando esté en posición de conducción, ver en tiempo despejado un claro reflejo del tráfico hacia atrás: siempre que las disposiciones del presente punto no se apliquen a un tractor;

c) que sea un automóvil, un minibús, un autobús o un vehículo de transporte de mercancías cuya masa bruta no exceda de 3 500 kilogramos y que, según su certificado de matriculación, haya sido matriculado por primera vez a partir del 1 de enero de 1987, a menos que esté equipado con un espejo retrovisor exterior en el lado de conducción y un espejo retrovisor interior: Siempre que, cuando el retrovisor interior no permita al conductor, cuando esté en posición de conducción, ver en tiempo despejado un claro reflejo del tráfico hacia atrás, se instalará un retrovisor exterior adicional en el lado opuesto al asiento del conductor y, en tal caso, no será necesario instalar un retrovisor interior;

d) que sea un minibús, autobús o vehículo de transporte de mercancías, cuya masa bruta del vehículo sea superior a 3 500 kilogramos y que, según su certificado de matriculación, haya sido matriculado por primera vez a partir del 1 de enero de 1987, a menos que esté equipado con un espejo retrovisor exterior en el lado de conducción y un espejo retrovisor exterior en el lado opuesto al asiento del conductor; o

e) que sea una motocicleta, un triciclo con motor o un cuadriciclo con motor, a menos que esté equipado con un espejo retrovisor en el lado derecho de su manillar, y dicho ciclo también estará equipado con un espejo retrovisor en el lado izquierdo de su manillar.

(2) Todo retrovisor de un vehículo de motor-

(a) que-

(i) sea un automóvil, minibús, autobús o vehículo de transporte de mercancías cuya masa bruta del vehículo no exceda de 3 500 kilogramos y que, según su certificado de matriculación, haya sido matriculado por primera vez a partir del 1 de enero de 1976; o

ii) es un minibús, autobús o vehículo de transporte de mercancías cuya masa bruta del vehículo sea superior a 3 500 kilogramos y que, según su certificado de matriculación, haya sido matriculado por primera vez durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1976 y el 31 de diciembre de 1986,

deberá ser plano o esféricamente convexo y tener un radio de curvatura medio no inferior a una coma y dos metros, o

b) contemplado en la subregulación 1) d) será plano o esféricamente convexo y tendrá un radio de curvatura medio no inferior a una coma de ocho metros.

Lo que es Legal no es necesariamente lo que es Seguro

Lo que es Legal no es necesariamente lo que es Seguro!

Es importante reconocer que la Ley Nacional de Tráfico Vial solo estipula lo que se requiere en términos de calidad del parabrisas utilizado y la necesidad de garantizar la visibilidad para el conductor. No hace ilegal conducir donde la grieta no está a la vista del conductor y no obstruye su visión. A pesar de que conducir con un parabrisas agrietado puede no ser una ofensa con boleto, no debe interpretarse que hacerlo también es seguro.

Hemos discutido en detalle la seguridad del parabrisas en el sitio web en detalle en una sección titulada Seguridad vial y Su Parabrisas

Nos gustaría referirnos a la importancia de la seguridad del parabrisas y por qué un parabrisas agrietado podría ser un peligro significativo para su seguridad dentro del vehículo:

El Parabrisas y la Integridad Estructural del Vehículo

El Parabrisas/ Parabrisas es un papel integral en la estructura de soporte de un automóvil. Mientras que durante el curso de la conducción normal, un desequilibrio o imperfección en esta estructura puede no ser aparente, puede volverse mortal durante un choque o colisión.

En la mayoría de los vehículos, el parabrisas está diseñado para transferir el impacto de una colisión frontal a través de la parte delantera del automóvil al chasis, lo que ayuda a minimizar el efecto del impacto dentro del interior, protegiendo a los pasajeros. Un parabrisas agrietado puede romperse bajo la presión de una colisión, lo que permite que el impacto de la colisión se mueva horizontalmente a través del automóvil, lo que aumenta significativamente el peligro para los pasajeros.

El parabrisas y la protección durante los vuelcos

El parabrisas también proporciona soporte vertical, evitando que el techo del automóvil se triture. Durante un accidente de vuelco, un parabrisas agrietado o astillado puede permitir que el techo se derrumbe, causando lesiones potencialmente graves. Las estadísticas indican abrumadoramente el peligro y el mayor riesgo para los pasajeros en un accidente de vuelco durante el cual el techo se aplasta.

El parabrisas ayuda a los Pasajeros a permanecer dentro del Vehículo durante una colisión

Mientras que los cinturones de seguridad son el medio principal para proteger a los pasajeros de la expulsión durante una colisión, el parabrisas también desempeña un papel importante. Para pasajeros sin cinturón, o en situaciones en las que el cinturón de seguridad está defectuoso, roto o cortado en el transcurso del accidente, el parabrisas puede proporcionar una medida final de protección que garantice que los pasajeros permanezcan dentro del interior del automóvil. Incluso un pequeño chip en el parabrisas puede hacer que la ventana se rompa al impactar, permitiendo que los pasajeros sean expulsados del vehículo.

El Parabrisas como Soporte para el Despliegue de bolsas de aire

Además de distribuir el impacto de un choque, el parabrisas proporciona soporte a las bolsas de aire, especialmente las del lado del pasajero. Cuando la bolsa de aire se despliega durante un accidente, se expande hacia afuera y se comprime contra el parabrisas antes de retirarse para apoyar al pasajero.

Un parabrisas defectuoso no puede absorber adecuadamente la fuerza del airbag hinchable y puede romper, disminuir o anular la eficacia del airbag.

Conclusión

El parabrisas debe reconocerse como un componente importante en la seguridad del vehículo. Dados los peligros que pueden resultar de un parabrisas dañado, es importante que un técnico calificado repare los parabrisas agrietados o astillados lo antes posible.

También Vea:

Seguridad vial y Su Parabrisas

Seguridad Vial y Evitar Daños en el Parabrisas

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